miércoles, 19 de julio de 2017

Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias.

Implementación de los programas aplicativos “CREDEB - VERSIÓN 2.0 - OPERACIONES EXENTAS” y “CREDEB - VERSIÓN 3.0”

Mediante la Resolución General N°3.989-E se dispuso que a partir del 1 de abril del corriente se utilizarán los programas aplicativos “CREDEB - VERSIÓN 3.0” y “CREDEB - VERSIÓN 2.0 - OPERACIONES EXENTAS” para informar las percepciones del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias practicadas, el impuesto propio devengado y las operaciones exentas o no alcanzadas por el mencionado gravamen.
Atendiendo a la necesidad planteada por las asociaciones representativas del sector financiero sobre los inconvenientes operativos para cumplir con la fecha dispuesta, esta Administración Federal informa lo siguiente:
  • Las presentaciones realizadas entre el 01 de abril y el 02 de mayo del corriente, se podrá optar por utilizar las versiones 2.0 ó 3.0 del programa aplicativo “CREDEB” y 1.0 ó 2.0 del denominado “CREDEB - OPERACIONES EXENTAS”.
  • La información de las percepciones practicadas y/o el impuesto propio devengado -formulario de declaración jurada F. 776 original o rectificativa-, correspondiente a los períodos enero de 2009 y anteriores deberá realizarse utilizando el programa aplicativo “CREDEB - Versión 1.0 Release 9”.
    Una vez utilizadas las nuevas versiones de los programas aplicativos arriba mencionados, será de uso obligatorio para las presentaciones posteriores.
Referencia normativaResolución General 4032-E
Fecha de publicación: 25/04/2017

Fuente: http://www.afip.gob.ar/noticias/20170425impuestoCreditos.asp

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