miércoles, 28 de diciembre de 2016

Ex Soldados Combatientes de Malvinas: Nuevo Régimen Previsional Especial de Carácter Excepcional.

Ley 27329 publicada en el Boletín Oficial del 13 de diciembre de 2016

La Ley 27329 establece que aquellos ciudadanos con carácter de ex soldado conscripto combatiente que hubieren participado en las acciones bélicas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas o hubieren entrado en efectivas acciones de combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, y los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o apoyo, tendrán derecho a la prestación básica universal, la prestación compensatoria y la prestación adicional por permanencia, instituidas por el artículo 17 incisos a), b) y e) de la Ley 24.241.
Cabe destacar que el artículo 4° informa que la prestación es compatible con el goce de la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, creada por ley 23.848, y sus modificatorias, y los beneficios de carácter no previsional otorgados por leyes provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Finalmente, el artículo 2° establece los requisitos para acceder a la mencionada prestación, los cuales exigen, además de acreditar la condición de ex soldado conscripto combatiente y/o civil mediante certificación actualizada prevista por el Decreto Nº 2634 del 13 de diciembre de 1990, su modificatorio y aclaratorio, cumplir cincuenta y tres años de edad y reunir diez años de aportes previsionales en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) computándose, además, dos años de aportes en el SIPA.
Referencia NormativaLey 27329. Creación.
Fecha de publicación: 13/12/2016

Fuente: http://afip.gov.ar/noticias/20161213SoldadosMalvinas.asp

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