viernes, 19 de febrero de 2021

Aporte solidario y extraordinario

 

Los bancos abrirán cuentas especiales para la repatriación de fondos.

La repatriación es el ingreso al país de las tenencias de moneda extranjera y de los resultados de la venta de activos financieros en el exterior.

A estos fines, el Banco Central estableció la apertura de cuentas especiales para la repatriación de fondos a nombre de las personas humanas o sucesiones indivisas alcanzadas por el aporte que decidan realizar el procedimiento mencionado.

Estas cuentas se utilizarán exclusivamente para la acreditación y mantenimiento de los fondos, que permanecerán en la moneda en la que se efectivice la repatriación y deberán provenir únicamente de transferencias del exterior en las que el originante sea el propio titular.

Los importes acreditados tendrán que permanecer en la cuenta hasta el 31 de diciembre de 2021 o afectarse a alguno de los destinos permitidos.

Todos los movimientos que se realicen en estas cuentas serán informados a la AFIP.

Fuente: Comunicación “A” 7225/2021

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