Le informamos que en el Boletín Oficial del día 23/03/2016 se ha publicado la Resolución General N° 3.839, relativa a: “Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas”.
Aspectos más destacados de la norma
Declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales
Se modifican los montos de rentas brutas percibidas a partir de los cuales los empleados, jubilados, pensionados y actores –que cobren sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores-están obligados a informar el detalle de sus bienes y el total de sus ingresos, gastos y deducciones.
| Si Ud percibió rentas por más de | ||
| (año 2014 y anteriores) | (año 2015 y siguientes) | Debe presentar la declaración jurada informativa de |
| $96.000 | $200.000 | Bienes Personales |
| $144.000 | $300.000 | Ganancias |
Liquidación Final – Anual
Se sustituye el F. 649 por la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia”.
Referencia Normativa: Resolución General N° 3.839.
Fuentes: http://www.afip.gob.ar/noticias/20160323IBPjubilado.asp
No hay comentarios:
Publicar un comentario