martes, 19 de julio de 2016

Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes personales. Trabajadores en relación de dependencia, jubilados y otros

Le informamos que en el Boletín Oficial del día 23/03/2016 se ha publicado la Resolución General N° 3.839, relativa a: “Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones y otras rentas”.
Aspectos más destacados de la norma
Declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales
Se modifican los montos de rentas brutas percibidas a partir de los cuales los empleados, jubilados, pensionados y actores –que cobren sus ingresos a través de la Asociación Argentina de Actores-están obligados a informar el detalle de sus bienes y el total de sus ingresos, gastos y deducciones.
Si Ud percibió rentas por más de 
(año 2014 y anteriores)(año 2015 y siguientes)Debe presentar la declaración jurada informativa de
$96.000$200.000Bienes Personales
$144.000$300.000Ganancias
Liquidación Final – Anual
Se sustituye el F. 649 por la “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia”.
Referencia Normativa: Resolución General N° 3.839.

Fuentes: http://www.afip.gob.ar/noticias/20160323IBPjubilado.asp

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