Se estableció la extensión, con carácter excepcional, de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución General 3890 por el término de treinta días, inclusive.
Se prorroga por treinta días la entrada en vigencia de la Resolución General 3890 la cual incorpora una serie de datos obligatorios para la emisión de comprobantes como documentación complementaria de las destinaciones y operaciones aduaneras en materia de importación y exportación.
Asimismo, le otorga a la Dirección General de Aduanas la facultad de dictar normas complementarias referidas a cuestiones operativas y de control.
Referencias Normativas: Resolución General 3899
Fuente: http://www.afip.gob.ar/noticias/20160701constanciaCtrlPesoyVolumen.asp
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