La Resolución General N° 3880 dispone el traspaso de los sujetos incorporados en la entonces “Agencia Exportadores N°068” hacia la jurisdicción que corresponda por sus domicilios fiscales.
También se modifica la Resolución General N° 3571:
- Los elementos a los que se refiere el artículo 2 de la Resolución General 3571 (DGI) se presentarán en la Dirección Regional Centro II.
- Se establece que las presentaciones a que se refiere dicha resolución se efectuarán ante la dependencia que tenga a su cargo el control de las obligaciones tributarias.
Y se sustituye el artículo 47 de la Resolución General N° 2000:
- Los elementos a los que se refiere el artículo 2 de la Resolución General 3571 (DGI) se presentarán en la Dirección Regional Centro II.
Fuente: http://www.afip.gob.ar/noticias/20160520AgExpo.asp
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