Se elevó el importe que los actores deberán informar cada año.
En el marco de la Resolución General N°2.442 y sus complementarias, se implementó un régimen especial de retención del impuesto a las ganancias, a cargo de la Asociación Argentina de Actores, respecto de las re-tribuciones que perciben los actores a través de dicho agente pagador.
Los actores comprendidos en la mencionada Resolución, deberán informar a esta Administración Federal el detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas del impuesto sobre los bienes personales que resulten aplicables a esa fecha y el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y pagos a cuenta.
La presente normativa entrará en vigencia a partir del 25 de abril del corriente y las disposiciones del Artículo 2° serán de aplicación para el período fiscal 2016 y siguientes.
Referencia normativa: Resolución General 4030-E
Fecha de publicación: 25/04/2017
Fuente: http://www.afip.gob.ar/noticias/20170425Ganancias.asp
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