miércoles, 4 de enero de 2017

VUCEA. Incorporación.

Se incorpora al Régimen Nacional de VUCEA las exportaciones de productos, subproductos y derivados de origen vegetal, que no constituyan productos alimentarios de uso humano.

Se incorpora al Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), las exportaciones de las mercaderías incluidas en el Anexo que se aprueba y forma parte de la Resolución Conjunta General 3972 y Resolución 774/2016.
En el marco del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA), en una primera etapa, esta Administración Federal pondrá a disposición del SENASA la información de las destinaciones de exportación de los productos mencionados en el párrafo anterior registradas en el Sistema Informático MALVINA (SIM), a los efectos de la intervención en el ámbito de su competencia. Dicho intercambio se efectuará mediante transferencia electrónica de datos entre los sistemas informáticos de ambos organismos.
El SENASA mantendrá actualizadas en el Sistema Informático MALVINA (SIM) las listas de atributos (vgr. mercaderías, entre otras) que estarán sujetas a las intervenciones de ese organismo, a través del acceso provisto por este Organismo al efecto.
Los trámites de solicitud de exportación iniciados ante el SENASA, en forma previa a la fecha de aplicación de la presente resolución, mantendrán su validez, con relación a la respectiva destinación de exportación en ocasión de su registro en el Sistema Informático MALVINA (SIM).
Esta norma conjunta entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial, y será de aplicación de acuerdo con el cronograma por etapa de implementación que se publicará en los sitios “Web” del Portal VUCEA https://www.argentina.gob.ar/vucea de esta Administración Federal y del SENASA www.senasa.gob.ar.
Fecha de publicación: 29/12/2016

Fuente: http://afip.gov.ar/noticias/20161229VUCEA.asp

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