ESCALA DE RÉGIMEN SIMPLIFICADO 2021
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires aprobó, con el Código Fiscal 2021, un aumento de los topes
para tributar Ingresos Brutos por el Régimen Simplificado. A partir del
1 de enero de 2021 se pueden incluir operaciones por hasta $
1.739.493,79
La
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos estableció los valores
tope de ingresos de las 8 categorías de la nueva escala y modificó el
precio unitario máximo de venta resultando $29.119,56. Los otros parámetros que establece la norma respecto de superficie y consumo de energía permanecen con los mismos valores.
Las
anteriores modificaciones se realizaron en 2013, cuando se subió el
tope a $ 200.000 y se unificaron las 3 primeras categorías, en el año
2015 cuando se incrementó el tope a $ 240.000, en el año 2017 cuando se
incrementó el tope a $ 400.000.- y se crearon dos nuevas categorías, en
el 2018 cuando se incrementó el tope a $ 700.000.- en el 2019 cuando se
incrementó el tope a $ 896.043,90 y en el 2020 cuando se incrementó el
tope a $ 1.151.066,58.
Además,
se seguirá trabajando intensamente en el cruce de información tanto con
AFIP como con otros actores públicos y privados, a fin de verificar que
los contribuyentes estén correctamente categorizados de acuerdo al
volumen real de sus actividades, lo cual viene dando origen a
recategorizaciones y exclusiones de oficio cuando se detectan
irregularidades.
Por otra
parte, vale recordar que en el año 2015 AGIP impulsó la exención de
Ingresos Brutos de los contribuyentes de la Ciudad adheridos al
Monotributo Social de AFIP -que alcanza a personas en situación de
vulnerabilidad social, cooperativas de trabajo y emprendimientos
productivos reconocidos por ANSES, inscriptos en el Registro Nacional de
Efectores de Desarrollo Local y Economía Social habilitado por dicho
Ministerio, que no generen ingresos anuales superiores al límite
previsto en la categoría "A" del Monotributo AFIP, por lo cual fueron
excluidos de tributar por el Régimen Simplificado.
El nuevo cuadro es el siguiente:
| CATEGORÍA | BASE IMPONIBLE | SUPERFICIE AFECTADA | ENERGÍA ELÉCTRICA CONSUMIDA | CUOTA ANUAL | CUOTA BIMESTRAL | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Desde | Hasta | |||||
| A | 0 | 208.739,25 | 30 m2 | 3.300 KW | $6.270.- | $1.045.- |
| B | 208.739,26 | 313.108,87 | 45 m2 | 5.000 KW | $9.390.- | $1.565.- |
| C | 313.108,88 | 417.478,51 | 60 m2 | 6.700 KW | $12.540.- | $2.090.- |
| D | 417.478,52 | 626.217,78 | 85 m2 | 10.000 KW | $18.780.- | $3.130.- |
| E | 626.217,79 | 834.957,00 | 110 m2 | 13.000 KW | $25.050.- | $4.175.- |
| F | 834.957,01 | 1.043.696,27 | 150 m2 | 16.500 KW | $31.320.- | $5.220.- |
| G | 1.043.696,28 | 1.252.435,53 | 200 m2 | 20.000 KW | $37.560.- | $6.260.- |
| H | 1.252.435,54 | 1.739.493,79 | 200 m2 | 20.000 KW | $52.200.- | $8.700.- |
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