miércoles, 4 de enero de 2017

Biodiesel. Prórroga

Se prorrogó la vigencia del tratamiento impositivo como así también la excepción aplicada sobre el biodisel.

1. Se prorroga desde el 1° de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 la vigencia del tratamiento dispuesto para el biodiesel combustible y el biodiesel puro por el Artículo 4° del Capítulo I del Título III de la Ley N° 23.966 y sus modificaciones, con relación al impuesto creado por el Artículo 1° del mismo Capítulo.
2. Se prorroga desde el 1° de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 la excepción dispuesta por el Artículo 1° de la Ley Nº 26.028, y sus modificaciones, sobre el biodiesel, que fuere empleado como combustible líquido en la generación de energía eléctrica, con relación al impuesto creado en el mismo artículo.
Referencia NormativaDecreto 1325/2016
Fecha de publicación: 29/12/2016

Fuente: http://afip.gov.ar/noticias/20161229Biodisel.asp

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