martes, 27 de diciembre de 2016

TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE

Se prorroga hasta el 4 de abril de 2017 el plazo para que los transportistas internacionales registren por sistema los Manifiestos Internacionales de Carga/Declaración de Tránsito Aduanero.
Esta Administración Federal y la Secretaría de Gestión de Transporte, mediante la Resolución General conjunta N° 3.941 y la 65/2016 establecieron una prórroga del Artículo 3° de la norma conjunta Resolución General N° 3.805 y la Resolución N° 3 hasta el 4 de abril de 2017.
El Artículo 3° establece un período de prueba durante el cual los transportistas internacionales que contaban con las habilitaciones expedidas por la entonces Secretaría, cuyos datos registrales relativos a la flota de unidades no integren o no se correspondan con los que conforman el Padrón Único de Transportistas (PAUT) podían registrar los Manifiestos Internacionales de Carga/Declaración de Tránsito Aduanero (MIC/DTA) en los sistemas informáticos de este organismo.
La norma conjunta celebrada el 12 de septiembre de 2008 tenía como finalidad el intercambio de información por medios electrónicos para el suministro y uso conjunto de datos registrales de los transportistas habilitados por la entonces Secretaría de Transporte y, posteriormente, mediante la norma conjunta del 25 de agosto de 2010, se creó el PAUT, el cual contiene los datos de los transportistas internacionales habilitados por la mencionada Secretaría, definiéndose las pautas para la integración de los datos contenidos en MIC/DTA.
Fecha de publicación: 06/10/2016
Fuente: http://afip.gov.ar/noticias/20161006TransporteInt.asp

No hay comentarios:

Publicar un comentario