viernes, 2 de octubre de 2015

Remuneraciones horarias y mensuales mínimas.


Por medio de esta norma se fijan a partir del 1° de septiembre de 2015, y a partir del 1° de diciembre de 2015 las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844 que se establecen en el Anexo 1 y el Anexo 2 respectivamente, que forman parte integrante de la presente. Las adecuaciones salariales dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación. La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1° de septiembre de 2015, hasta el 31 de agosto de 2016.


Link: http://www.ele-ve.com.ar/Resolucion-No-1-C-N-T-C-P-B-O-No-33-226-del-2015-10-01.html

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